El Servicio de Solidaridad fue habilitado con la siguiente finalidad:
- Fomentar el espíritu cooperativo de Solidaridad, basado en el esfuerzo propio y la ayuda mutua.
- Prestar principalmente asistencia económica a socios y socias cuando son afectados por problemas graves de salud, que les impidan desarrollar su actividad laboral, y en caso de fallecimientos.
Este servicio fue habilitado con el afán de presentar asistencia económica a los socios, constituyendo momentáneas ayudas y no soluciones globales, aunque no cubre todos los gastos que uno incurre, siempre es una ayuda y no debe ser considerado como una gratificación o premio.
Subsidios
Relacionados a la Maternidad:
- Patologías del embarazo
- Maternidad ( Parto Normal / Cesárea)
Reposo/Internación (Incapacidad Transitoria ): Para casos de imposibilidad total y temporal del socio para ejercer su profesión, arte, oficio ocupación habitual y/o de concurrir a la sede de su actividad laboral.
- Reposo e internación del socio.
- Internación en UTI del socio.
- Internación de hijos menores de 18 años. (requisitos)
- Internación de hijos menores de 18 años en UTI. (requisitos)
Incapacidad Permanente:
- Total: Esta destinado a socios que por motivos imprevistos o por enfermedad quedan imposibilitados total y definitivamente a realizar su actividad habitual.
- Parcial: Esta destinado a socios que por motivos imprevistos o por enfermedad que se ven afectados por pérdida de Órganos y Miembros o la pérdida definitiva de su funciones.
Fallecimiento: Será otorgado por única vez, a un solo integrante del grupo familiar, sea este socio no, que justifique haber corrido con los gastos del sepelio.
- De socio
- Padre o Madre no socio/a
- Cónyuge no socio
- Hijo menor, hasta 18 años o hijo con discapacidad física/motriz o intelectual sin límite de edad
- Mortinato
Observación:
- La cooperativa podrá solicitar otros documentos/procesos relacionados según criterio del Comité de Solidaridad.
- Una vez aprobado, el importe del subsidio le será acreditado en su caja de ahorro a la vista, y a esa fecha debe estar al día con todos sus compromisos con la Cooperativa, caso contrario le será descontado del importe del subsidio
- No se aceptaran correcciones ni enmiendas en las documentaciones.
- Todos los documentos respaldatorios solicitados deberán ser originales o copias autenticadas por escribanía.
- El certificado médico, deberá ser llenado integra y correctamente (en el formulario expedido por Coomecipar) sin enmiendas ni correcciones y cuyo contenido deberá estar avalado por el médico tratante a través de su firma y sello o aclaración de firma, con el número de Registro Profesional.
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